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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0397/2008
Fecha: 2010-08-31
Carátula: ROSALES NORBERTO Y OTROS C/ BARTOLO HECTOR ARIEL Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: hace lugar revocatoria - se corre traslado a las partes lo peticionado por AMEI
EXPTE. No. 0397/2008
CARATULA: ROSALES NORBERTO Y OTROS C/ BARTOLO HECTOR ARIEL Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, agosto de 2010.-
Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio, contra la providencia de fs. 1071.-
Atento las razones expuestas y teniendo en cuenta las particularidades de la cuestión suscitada en la causa, hágase lugar a la revocatoria interpuesta, en su mérito, de lo peticionado por la sra. Defensora de Menores córrase traslado a las partes por el término de ley. Notifíquese.-
En consecuencia, déjase sin efecto el llamado de autos dispuesto a fs. 1071.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro