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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39179
Fecha: 2010-08-27
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. c/BELTRAN Ismael Anselmo y otro S/ Ejecutivo
Descripción: Regulación
//neral Roca, 27 de AGOSTO de 2010.-
Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Jesús Pablo Maida en la suma de $234.-(M.B. $ 3.844,88.- total retiros- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Regulo los honorarios complementarios en $72.- (MB: $562,73 -fs. 94 intereses sobre capital-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro