Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0141/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-27

Carátula: SALAZAR DARIO Y OTRA C/ VILCA ROBERTO CARLOS Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: AGREGA ESCRITO act y dem de prueba antes de la aud. - sólo ORDINARIO

EXPTE Nº 0141/2010

CARATULA: SALAZAR DARIO Y OTRA C/ VILCA ROBERTO CARLOS Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, agosto de 2010.-

Proveyendo a fs. 51/55:

Tiénese presente el escrito de prueba acompañado y póngase el mismo a consideración de la contraparte.-

Proveyendo a fs. 56:

Por presentados, parte en el carácter de gestores procesales y por constituido el domicilio. Hágase saber a los profesionales que deberán acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Tiénese presente el escrito de prueba acompañado y póngase el mismo a consideración de la contraparte.-

jc

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro