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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0711/2004
Fecha: 2010-08-27
Carátula: BALOGH JUAN ANDRES C/ MAZZEI MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
OFICIO JUDICIAL
Viedma, agosto de 2010.-
Al Sr. Gerente
Banco Patagonia S.A.
OFICIO N° __________/10.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "BALOGH JUAN ANDRES C/ MAZZEI MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ ORDINARIO" (Expte. Nº 0711/2004), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, a fin de comunicarle que se ha anulado el oficio judicial nº 212 serie 18587 y que asimismo deberá entregar de la cuenta de autos n° 122010389 y a su sóla presentación: 1) al sr. Juan Andres Balogh (D.N.I. n° 29.055.607) la suma de $ 10.000 en concepto de capital; 2) a la sra. Andrea Verónica Balogh (D.N.I. n° 31.359.327) la suma de $ 10.000 en concepto de capital y 3) al sr. Joaquín Emiliano Balogh (D.N.I. nº 35.591.258) la suma de $ 10.000 en concepto de capital (todo conforme el pago acordado en la cláusula 3º -inc. d- del acuerdo homologado a fs. 517), debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Viedma, agosto de 2010.- En su mérito, a los fines de evitar perjuicios innecesarios y teniendo en cuenta que a fs. 989 se dispuso la tranferencia de dinero para atender al embargo cuyo levantamiento ha sido ordenado precedentemente y habiéndose retirado el oficio judicial nº 212 serie 18587 déjese sin efecto dicha transferencia y anúlase el oficio en su totalidad. Comuníquese al Banco Patagonia S.A..- En consecuencia, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar de la cuenta de autos n° 122010389 y a su sóla presentación al sr. Juan Andres Balogh (D.N.I. n° 29.055.607) la suma de $ 10.000 en concepto de capital, a la sra. Andrea Verónica Balogh (D.N.I. n° 31.359.327) la suma de $ 10.000 en concepto de capital y al sr. Joaquín Emiliano Balogh (D.N.I. nº 35.591.258) la suma de $ 10.000 en concepto de capital (todo conforme el pago acordado en la cláusula 3º -inc. d- del acuerdo homologado a fs. 517), debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro