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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0884/2008
Fecha: 2010-08-25
Carátula: GUTIERREZ MARIA LETICIA C/ MOSLER VANESA S/ DESALOJO
Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0884/2008
AUTOS: GUTIERREZ MARIA LETICIA C/ MOSLER VANESA S/ DESALOJO
Viedma, agosto de 2.010.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 93, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Gutierrez)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-
INFORMATIVA: líbrese oficio al IPPV a los fines de que informe si se encuentra en trámite el Recurso de Nulidad de la Resolución 1894/08, bajo Expte. nº 44.8559-DAS-08, en caso afirmativo informe su estado actual y remita copia integra de las actuaciones.-
PERICIA CALIGRAFICA: Atento lo peticionado, el estado de autos y a los fines de la realización de la pericia desígnase perito calígrafo sr. Edgar Héctor Castro, domiciliado en 25 de mayo 720 de Viedma, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los 15 días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos a fs. 24. Notifíquese.-
PRUEBA DEMANDADA (Mosler):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: líbrese oficio al IPPV a fin de que informen si el bien objeto de autos fue desadjudicado a la sra. María Leticia Gutierrez mediante resolución 1894/08, informen si el mismo fue adjudicado a la sra. Vanesa Leonor Mosler y a su cónyuge Riquelme San Martin mediante Acta de tenencia precario de fecha 22 de julio de 2.009.-
CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-
A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 07 de OCTUBRE de 2.010 a las 10.00 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Carlos Raúl Leiva, Raúl Eliberto Peralta y Paola Andrea Cascallares, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 19 de octubre de 2.010 a las 12.00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-
Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro