include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1055/2009
Fecha: 2010-08-25
Carátula: FROIDEVAUX ERCILIA ROSAURA Y SANDRIGO JORGE ERNESTO S/ SUCESION
Descripción: art. 118 (falta firma interesados)
EXPTE. Nº 1055/2009
CARATULA: FROIDEVAUX ERCILIA ROSAURA Y SANDRIGO JORGE ERNESTO S/ SUCESION
Viedma, agosto de 2.010.-
No cumpliendo el requisito dispuesto por el art. 118 inc. 3) del CPCC el escrito presentado, cúmplase con ello y se proveerá.-
Sin perjuicio de ello toda vez que se han acompañado copias que carecen de validez legal por ser fotocopias simples y no estar suscriptas por profesional, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro