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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25350III
Fecha: 2010-08-24
Carátula: RUCALSKY Samuel S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 24 de agosto de 2010.s-
Regular, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Hugo Raúl Epifanio en la suma de $ 3.040.- y los del Dr. Eduardo Horacio Hardziej en la suma de $ 7.600.- a cargo de la heredera.- (M.B. $ 87.655,70 -fs. 59- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes y libres deudas del inmueble detallado a fs. 48.-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro