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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0552/2007
Fecha: 2010-08-24
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ ROSSI NESTOR RUBEN Y OTROS S/ SUMARISIMO
Descripción: desiste de Rulli- del desistimiento de herederos vista Def. Ausentes
EXPTE. Nº 0552/2007
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ ROSSI NESTOR RUBEN Y OTROS S/ SUMARISIMO
Viedma, agosto de 2.010.-
Tiénese a la parte actora por desistida de la acción iniciada contra el sr. Roberto Rulli.-
Por formulado desistimiento en los términos del art. 304 del C.Pr. con respecto a los herederos del sr. Néstor Rossi, del mismo y de lo manifestado con relación a las costas, córrase traslado por el término de 5 días, bajo apercibimiento de tenerlos por conforme en caso de silencio y declarar extinguido el proceso sin más trámite. Notifíquese a cuyo fin pasen las actuaciones en vista a la sra. Defensora de Ausentes.- A lo demás oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro