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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28925III
Fecha: 2010-08-23
Carátula: DETLEFS y DE GREGORIO en: LARREBURU c/GEBEL s/Sum. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: embargo
//neral Roca, 23 de AGOSTO de 2010.=
Líbrese oficios a las entidades correspondientes a fin de que traben embargo sobre las cuentas corrientes, caja de ahorro, plazos fijos, cuentas reprogramadas, y demás valores a nombre de la demandada -en caso de haberes deberá abstenerse-, hasta cubrir las sumas de $ 1.098,57.- en concepto de capital con más la de $ 440.- calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro