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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0335/01/5
Fecha: 2010-08-20
Carátula: FIERRO MARIA ELENA C/ GUARDIA ANDRES ANTONIO S/ EJECUTIVO
Descripción: cf amplia embargo
EXPTE. Nº 0335/01/5
CARATULA: FIERRO MARIA ELENA C/ GUARDIA ANDRES ANTONIO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.010.-
Agréguese.-
Tiénese presente la fianza ofrecida y toda vez que no obra la conformidad del representante de la Caja Forense mencionada, córrase vista al mismo a sus efectos.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado sr. ANDRES ANTONIO GUARDIA como empleado del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 228 en concepto de ampliación de embargo, con más la suma de $ 23 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la sra. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro