Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1144/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-18

Carátula: GILARDI LIDIA ELVIRA C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO

Descripción: GESTOR - no corresponde oponerse debe oponer excepciones

EXPTE Nº 1144/2009

CARATULA: GILARDI LIDIA ELVIRA C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO

Viedma, agosto de 2010.-

Por presentado en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Toda vez que conforme lo dispone el art. 542 del C.Pr. la parte demandada puede comparecer sólo a oponerse a la sentencia dictada deduciendo las excepciones previstas en el art. 544 del C.Pr., a la oposición formulada no ha lugar procediéndose a la devolución del escrito a su presentante.-

Déjese constancia de la presentación efectuada por la parte.-

Rosana Calvetti

Juez

CONSTANCIA: En fecha 10 de agosto de 2.010 siendo las 9,20 horas se presenta el Dr. Raúl José Cámpora, constituyendo domicilio en Saavedra 696 de Viedma, como gestor judicial del sr. Carlos Rubén Landivar, con domicilio real en Avda. Río Negro nº 355 de Las Grutas y de "El Bañado S.R.L." con domicilio en Moreno nº 311 de Viedma. Conste.-

Secretaria, agosto de 2.010.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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