Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1072/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-18

Carátula: BENITEZ OSVALDO ALFREDO Y OTROS C/ MENENDEZ DANIEL EDUARDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: NO PROCEDE DESVINCULACION DE UNA SOLA PARTE

EXPTE. Nº : 1072/2009.-

CARATULA: "BENITEZ OSVALDO ALFREDO Y OTROS C/ MENENDEZ DANIEL EDUARDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-

Viedma, agosto de 2010.-

Atento el estado de autos, toda vez que el acuerdo transaccional presentado para su homologación, importaría la desvinculación sólamente de una de las partes integrantes del litigio sin pretender poner fin al litigio y toda vez que de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 308 y 309 del C.Pr. no es posible realizar transacciones o conciliaciones parciales, a la homologación solicitada, no ha lugar. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro