Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23368/08

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-18

Carátula: AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA MUNICIPAL N°1526-CM-05)

Descripción: Oficio

Viedma, 18 de agosto de 2010.-

Oficio Nº /10-Sec. Nº4-STJ-

Al señor

Intendente Municipal de

S.C.de Bariloche

D.Marcelo Alejandro CASCON

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por expresa instrucción del Tribunal, en autos caratulados:“AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA MUNICIPAL N°1526-CM-05)” (Expte.N°23368/08-STJ-), que tramitan por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, Secretaría N* 4 "Causas Originarias, en lo Contencioso Administrativo e Indultos y Conmutaciones de Penas" a mi cargo, sito en Laprida N* 292, 7° Nivel de Viedma, a los efectos de solicitarle proceda a absolver posiciones a tenor del pliego que se adjunta.-

El proveído que ordena el presente, en su parte pertinente dice: "///MA, 1 de junio de 2010.- ...Proveyendo las pruebas ofrecidas por la parte actora: CONFESIONAL: A los fines de que el señor Intendente Municipal de la ciudad de S.C.de Bariloche absuelva posiciones ofíciese con remisión del pliego pertinente y bajo el apercibimiento previsto por el art.407 del Cód.Proc.Civ. y Com., que se transcribirá.- Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA".-Art. 407: Cuando litigare la provincia, una municipalidad o una repartición municipal o provincial la declaración deberá requerirse por oficio al funcionario facultado por ley para representarla, bajo apercibimiento de tener por cierta la versión de los hechos contenida en el pliego, si no es contestado dentro del plazo de treinta y cinco (35) días o no lo fuere en forma clara y categórica, afirmando o negando.- ///MA, 10 de agosto de 2010.- Habiéndose procedido a la apertura del nuevo pliego de posiciones propuesto por la parte actora, hágase saber que el Sr./// ///Intendente de la Municipalidad de Bariloche, deberá absolver posiciones en relación a su actuación personal en cumplimiento de los deberes y atribuciones otorgadas por el art. 25º de la Carta Orgánica de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en los términos del art. 411, 412, 413 y 414 del CPCyC.- A tal efecto, líbrese oficio adjuntándose pliego interrogatorio.-Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA".-

Saludo a Ud. muy atentamente.-(fdo) EZEQUIEL LOZADA- SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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