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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15392-198-09
Fecha: 2010-08-13
Carátula: NAVARRO ANDRADE JULIAN / GELOSI JORGE ALEJANDRO AMERICO S/ INCIDENTE DE NULIDAD
Descripción: déjese sin efecto lo dispuesto a fs. 45. Traslado casación
Expediente Nro.15392-198-09
San Carlos de Bariloche, 12 de agosto de 2010
Atento a lo solicitado a fs.50 y lo dispuesto por el art. 78 apartado 1º, 2do. párrafo del CPCC, déjese sin efecto la intimación de fs. 45.
Del escrito de fs. 39/44. Córrase traslado a la contraria, por el término de 10 días, debiendo ésta constituir domicilio en la ciudad de Viedma, bajo apercibimiento de ley (art. 288 CPCC). Notifíquese.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro