Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00270-030-07

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-13

Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR

Descripción: Por ratificada gestión. Por interpuesta apelación

Expediente Nro.00270-030-07

San Carlos de Bariloche, 12 de agosto de 2010

A fs.474. Por ratificada gestión. Téngase presente el domicilio constituido.

A fs. 472. Cóncedase la apelación en relación y en efecto suspensivo. Por constituido domicilio en la Alzada.

EDGARDO JORGE CAMPERI

Presidente

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Poder Judicial de Río Negro