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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00270-030-07
Fecha: 2010-08-13
Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR
Descripción: Por ratificada gestión. Por interpuesta apelación
Expediente Nro.00270-030-07
San Carlos de Bariloche, 12 de agosto de 2010
A fs.474. Por ratificada gestión. Téngase presente el domicilio constituido.
A fs. 472. Cóncedase la apelación en relación y en efecto suspensivo. Por constituido domicilio en la Alzada.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro