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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39055
Fecha: 2010-08-11
Carátula: SCUADRONI Luis Alberto c/MAGNASCO Philippe L.R.. y otros S/ Ordinario
Descripción: Fija PRELIMINAR-Vve. p/NOT-agrega
AGREGA CEDULAS diligenciadas el 05-08-10 (a AURORA SANDOVAL-MARIO E. BOZICH y GIUSEPPE MAGNASCO)
//neral Roca, 11 deAGOSTO de 2010.=
Sin perjuicio de que la carga de la notificación corresponía a los demandados y atento lo manifestado, proveyendo el escrito de fs. 265/7, téngase por contestado en legal tiempo y forma por la actora, los traslados conferidos a fs.249, 5° y 7° párrafo.
Siendo la excepción interpuesta una cuestión de fondo, la misma será resuelta al momento del dictado de sentencia definitiva.
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 05 de noviembre de 2010 a las 8,30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro