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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39828
Fecha: 2010-08-11
Carátula: PORTALES Francisco Amor S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 11 de agosto de 2010.-s
Téngase por oblado el Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación.-
Regulo por las tareas cumplidas los honorarios profesionales de la Dra. Marisa A. Gayone en la suma de $ 300 a cargo de los herederos y por la suma de $ 150 a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. 50% de $ 1830.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro