Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39828

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-11

Carátula: PORTALES Francisco Amor S/ Sucesión

Descripción: regulacion

General Roca, 11 de agosto de 2010.-s

Téngase por oblado el Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación.-

Regulo por las tareas cumplidas los honorarios profesionales de la Dra. Marisa A. Gayone en la suma de $ 300 a cargo de los herederos y por la suma de $ 150 a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. 50% de $ 1830.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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