Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34016IV

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-10

Carátula: RODRIGUEZ REBOREDO Manuel S/ Sucesión

Descripción: regulacion por dos etapas

General Roca, 10 de agosto de 2010.s.-

Regulo por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Eduardo E. Saint Martin en la suma de $ 22.280.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 11.140.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 477.385,42- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes y libres deudas del inmueble detallados a fs.57/9 y del automotor dominio AVW-309 .-

Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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