include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1142/2009
Fecha: 2010-08-09
Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ YANCA MARIA DE LOS ANGELES S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 1142/2009.-
CARATULA: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ YANCA MARIA DE LOS ANGELES S/ EJECUTIVO.-
Viedma, agosto de 2.010.-
Atento lo manifestado y peticionado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Suc. Patagones, hasta cubrir la suma de $ 6.636,77 en concepto de saldo capital de sentencia, con más la suma de $ 1.330 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrese oficio a la entidad bancaria mencionada, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro