include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1189/01/5
Fecha: 2010-08-06
Carátula: CASTILLO AGUSTINA ROSALIA C/ CELLERINO LEOPOLDO MARTIN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
___________
C E D U L A
Señor: Nalberto Crisolo Tureda Toledo - Dra. Cecilia Cabello
Domicilio: Colon 385 - 1º piso (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CASTILLO AGUSTINA ROSALIA C/ CELLERINO LEOPOLDO MARTIN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 1189/01/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto 04 de 2.010.- Atento lo peticionado, constancias de la causa y de conformidad con lo dispuesto en el art. 39 de la Ley K 4199, regúlanse los honorarios profesionales de la Defensora General Dra. Cecilia Cabello en la suma de $ 24.889 (coef. 11 % + 40 %; M.B. $ 161.623-). Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de agosto de 2010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro