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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 12532III
Fecha: 2005-11-28
Carátula: ALBANESI Jose Luis S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 28 de NOVIEMBRE de 2005._
Proveyendo el escrito de fs.697:Agréguese, téngase presente el nuevo bien integrante del acervo hereditario.-
Agréguese el formulario de denuncia de bienes, sellados y contribuciones de ley.-
Proveyendo el escrito de fs. 698:punto I: téngase presente.-
Al punto II:Téngase presente y por oblados el impuesto de justicia, sellado de actuación y contribución del Colegio de Abogados
Atento el estado de autos y lo peticionado en el punto V del escrito de fs. 697: Regulo por su actuación en autos los honorarios del Dr. Roberto Joison en la suma de $312.- a cargo de los herederos y en la suma de $156.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 4.800.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro