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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0856/2007
Fecha: 2010-08-05
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ FAUNDES SERGIO ALEJANDRO S/ EJECUTIVO
Descripción: ORDENA OFICIO AL BANCO PATAGONIA S.A.
EXPTE. Nº : 0856/2007.-
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ FAUNDES SERGIO ALEJANDRO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, agosto de 2010.-
Agréguese.-
No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 31-05-10 asciende a la suma de $ 79,32 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 35, modificado que fuera la misma atento que se ha restado el rubro "Intereses $ 60 al 14/12/07", toda vez que dicho monto corresponde a una suma presupuestada de conformidad a la sentencia dictada a fs. 9.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, SERGIO ALEJANDRO FAUNDES como empleado de Juan Felipe Gancedo S.A. hasta cubrir la suma de $ 16,98 en concepto de saldo de liquidación aprobada en autos. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora del demandado, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A. - Sucursal Viedma-.-
Sin perjuicio de ello y toda vez que de las constancias de la causa surge que debería existir fondos en la cuenta de autos, ello teniendo en cuenta los montos del embargo decretado a fs. 13 y lo informado en su oportunidad por la entidad bancaria a fs. 29/32, a los fines que aclare al respecto líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. adjuntándose copias de las mencionadas fojas para mayor ilustración.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro