Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40028

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-05

Carátula: TIZNADO GAJARDO Pedro S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: PREVIO

General Roca, 05 de agosto de 2010.-s

Previo a lo solicitado y restándole producir prueba a la futura demandada (fs. 38), intímese a la misma a que en el término de cinco días acompañe al expediente las constancias del libramiento y recepción de los oficios a las entidades bancarias y al Anses, bajo apercibimiento de tenerle por desistida dicha prueba.- Notifíquese mediante cédula.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro