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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38945
Fecha: 2010-08-05
Carátula: TARRUELLA Elba y Otras c/TARRUELLA Roberto y otros S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)
Descripción: Se provee prueba
//neral Roca, 05 de agosto de 2010.-
Téngase presente.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la actora a fs. 355 vta./356 y 498, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.-
A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Municipalidad de Gral. Roca, Dirección General de Rentas, Aguas Rionegrinas, Camuzzi Gas del Sur S.A., Edersa, Autoservicio Los Alamos, García y Cía. Frio Polar, Nobleza Piccardo, Soda Pablo, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Secretaría de Seguridad Social, Junta Electoral Federal, REgistro Civil Pcial. y Afip, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.-
A LA INFORMATIVA SUBSIDIARIA (fs. 356, punto b.7): Indíquese concretamente a qué entidades solicita oficiar.-
A LA INSTRUMENTAL: Agréguese por cuerda el Expte. 16.906-III-81.-
Previamente, aclárese si el Expte. 1620-J11-06 se encuentra en trámite ante el Juzgado Civil 9 o Juzgado de Familia 11.-
A LA CONFESIONAL: No ha lugar atento que los demandados de este proceso están representados por la Sra. Defensora de Ausentes.-
A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de LUIS SALOMON, NALDY MONICA OYARSE SANDOVAL, RICARDO ASTUDILLO, ADA BEATRIZ PARAMIDANI, EMMA VALENZUELA, SANDRA CANARIO y MARIA ESTER SZAIN, fíjase como primera audiencia el día 24 de NOVIEMBRE de 2010 a las 8.30 horas, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro