include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0506/2007
Fecha: 2010-08-03
Carátula: MORENO LUIS ALBERTO Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: TP --NEGLIGENCIA JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA
EXPTE. Nº 0506/2007.-
CARATULA: MORENO LUIS ALBERTO Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
Viedma, agosto de 2.010.-
I.- Tiénese presente el desistimiento formulado.-
II.- Atento lo peticionado y el estado de autos, no habiendo instado la producción de la prueba informativa y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 573, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
III.- Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro