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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15518-234-09
Fecha: 2010-08-03
Carátula: SARMIENTO LUIS MARIO / EL TEHUELCHE S.A.C.I.C.I. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: Interlocutoria-medida
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15518-234-09
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario:
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 02 DE AGOSTO DE 2010.-
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “SARMIENTO LUIS MARIO c/ EL TEHUELCHE S.A.C.I.C.I. s/ DAÑOS y PERJUICIOS”, expte. nro. 15518-234-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Atento a las deficiencias de reproducción de las declaraciones testimoniales brindadas en 1ra. Instancia,
por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Fijar audiencia para el día 26 de Agosto del corriente año, a las 9,30 hs., a fin de recibir la declaración testimonial de los sres. Claudio Dempff y Juan Carlos Cari.
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique nuevo cómputo.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Secretaría de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro