Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39398

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-03

Carátula: VILLAGRA Alicia y Otros c/GALERA Mauro Ariel y Otros S/ Ordinario

Descripción: A Cédulas

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Alicia VILLAGRA

Victoria Yanet ESCALONA

Rodolfo Emilio ESCALONA

Edgardo Adrian ESCALONA

Angela Alejandra ESCALONA

Dr. Marcelo A. LOPEZ ALANIZ

Mitre 810, piso 2, of. 7 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "VILLAGRA Alicia y Otros c/GALERA Mauro Ariel y Otros S/ Ordinario” (Expte. N* 39398), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 02 de agosto de 2010...Atento el estado de autos, a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 04 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs.- a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-Notifíquese por Secretaria.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

MAURO ARIEL GALERA

JUAN CARLOS GALERA

Dr. Rodolfo Paulo FORMARO

9 de julio 1425 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "VILLAGRA Alicia y Otros c/GALERA Mauro Ariel y Otros S/ Ordinario” (Expte. N* 39398), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 02 de agosto de 2010...Atento el estado de autos, a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 04 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs.- a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

PROVINCIA SEGUROS S.A. - Dr. Fernando E. DETLEFS

9 de JULIO 1425 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "VILLAGRA Alicia y Otros c/GALERA Mauro Ariel y Otros S/ Ordinario” (Expte. N* 39398), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 02 de agosto de 2010...Atento el estado de autos, a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 04 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs.- a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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