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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39725
Fecha: 2010-08-03
Carátula: LEMA Marilina Belen c/MESCHINI Alberto y Otros S/ Beneficio y ordinario
Descripción: A Cédulas
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
MARILINA BELEN LEMA - Dr. Susana SANCHEZ de FISELZON
Artigas 512 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "LEMA Marilina Belen c/MESCHINI Alberto y Otros S/ Beneficio y ordinario” (Expte. N* 39725), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “ General Roca, 02 de agosto de 2010.- Téngase presente el informe que antecede y a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 18 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
ALBERTO MESCHINI
EVANGELINA ARRIBILLAGA
Dra. Marcela Adriana SAITTA
TUCUMAN 661-2° PISO-OF. 6 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "LEMA Marilina Belen c/MESCHINI Alberto y Otros S/ Beneficio y ordinario” (Expte. N* 39725), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “ General Roca, 02 de agosto de 2010s.-Téngase presente el informe que antecede y a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 18 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.-Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
LA SEGUNDA COOP. LTDA. DE SEGUROS GENERALES - Dr. Marcela Adriana SAITTA
TUCUMAN 661- 2° Piso-Oficina 6 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "LEMA Marilina Belen c/MESCHINI Alberto y Otros S/ Beneficio y ordinario” (Expte. N* 39725), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 02 de agosto de 2010s.-Téngase presente el informe que antecede y a los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 18 de noviembre de 2010 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.-Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 de agosto de 2010.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro