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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39320
Fecha: 2010-08-03
Carátula: CARRASCO Fabiana Alejandra c/SIMON Gustavo Ariel y Otros S/ Ordinario
Descripción: providencia Ordena oficio
//neral Roca, 03 de agosto de 2010.-
Al punto I, previo a todo, líbrese oficio al Juzgado Correccional Nro. 18 a fin de que remita los autos Simón Gustavo Ariel s/Ejecución de Pena (Ex. 4427-09).-
Atento lo dispuesto por el art. 402 del C.P.C., declárase la caducidad de la prueba informativa al Correo Andreani, oportunamente ofrecida por los demandados Sapienza.-
Atento lo dispuesto por el art. 384 del C.P.C., declárase la negligencia en la producción de la prueba pericial contable ofrecida oportunamente por la Aseguradora.-
Hágase saber al presentante que previo a dictarse autos para sentencia deberá obtener resolución en el Beneficio de Litigar sin gastos que tramita la parte actora.-
Al punto II, oportunamente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro