Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1142/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-08-02

Carátula: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ YANCA MARIA DE LOS ANGELES S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS

EXPTE. Nº : 1142/2009.-

CARATULA: GRANADA ABARZUZA JOSEFA ARABIA C/ YANCA MARIA DE LOS ANGELES S/ EJECUTIVO.-

Viedma, agosto de 2.010.-

Al escrito de fs. 67:

Atento lo peticionado y a los fines de efectivizar el embargo decretado a fs. 13, líbrese oficio al banco de la Nación Argentina.-

Con relación a las demás entidades bancarias deberá estarse al embargo decretado a fs. 13 y a lo informado por dichas instituciones.-

Proveyendo a fs. 69:

Agréguese.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro