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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0680/2010
Fecha: 2010-07-29
Carátula: SALINAS HONORIO ARGENTINO S/ AMPARO
Descripción: INICIA AMPARO
EXPTE. N° 0680/2010
SALINAS HONORIO ARGENTINO S/ AMPARO
Viedma, de julio de 2010.-
Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituído domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Por promovida acción de amparo por parte del Sr. Honorio Argentino Salinas en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.-
Atento lo manifestado y conforme lo dispuesto en la normativa citada, requiéranse los siguientes informes que deberán ser contestados dentro del plazo de 72 horas y bajo el apercibimiento de desobediencia judicial:
1) Al IPROSS:
a) Si el Sr. Honorio Argentino Salinas (DNI: 6.707.636) es afiliado a dicha obra social;
b) Si durante el año 2005 o posteriormente requirió tratamiento médico por adenocarcinoma de próstata (prostactenomia radical) y/o fue intervenido quirúrgicamente como consecuencia de dicha patología;
c) Si ha requerido la provisión de la prótesis sintética inyectable 7 cm3 Vantris (copolímero de poliacrilato - polialcohol) por diagnóstico de incontinencia urinaria permanente, debiendo especificar si ha sido suministrada y en caso negativo, explique las razones que motivaran ello.
d) Si ha solicitado se autorice la intervención quirúrgica necesaria para la aplicación de la prótesis descripta precedentemente, en el Sanatorio Juan XXIII de la ciudad de General Roca; debiendo especificar si ha sido autorizada y en caso negativo, explique las razones que motivaran ello.
e) Asimismo, se le hace saber que deberá remitir toda otra documentación que considere pertinente.-
2) Al Sanatorio Juan XXIII de General Roca:
a) Si el Sr. Honorio Argentino Salinas (DNI Nº 6.707.636), ha sido atendido en dicho nosocomio por incontinencia urinaria y en caso afirmativo, explique la patología por él padecida;
b) En caso afirmativo, si se le ha realizado tratamiento médico y/o medicamentoso y en su caso resultado del mismo;
c) Indique si se ha solicitado a la Obra Social IPROSS la provisión de una prótesis sintética inyectable 7 cm3 Vantris (copolímero de poliacrilato - polialcohol), debido a una incontinencia urinaria permanente del paciente;
d) Si se indicó además y la intervención quirúrgica necesaria para ello y en su caso si ha sido efectuada; de lo contrario explique los motivos;
e) Remita la Historia Clínica del paciente.-
3) Al sr. médico tratante Dr. Dante Toffoli:
a) si el Sr. Honorio Argentino Salinas (DNI Nº 6.707.636) es su paciente y/o si lo ha atendido en algún nosocomio;
b) en caso afirmativo, indique diagnóstico y el tratamiento actual a su padecimiento;
c) si solicitó una prótesis sintética inyectable 7 cm3 Vantris (copolímero de poliacrilato - polialcohol) por diagnóstico de incontinencia urinaria permanente, en su caso indique si ha sido suministrada o, en caso negativo, explique las razones que motivaran ello;
d) si existe otro tratamiento para la afección padecida por el Sr. Salinas que no sea la prótesis requerida y en su caso indique cual;
4) Al sr. médico tratante Dr. Keun Park:
a) si el Sr. Honorio Argentino Salinas (DNI Nº 6.707.636) es su paciente y/o si lo ha atendido en algún nosocomio;
b) en caso afirmativo, indique diagnóstico y el tratamiento actual a su padecimiento;
c) si solicitó una prótesis sintética inyectable 7 cm3 Vantris (copolímero de poliacrilato - polialcohol) por diagnóstico de incontinencia urinaria permanente, en su caso indique si ha sido suministrada o, en caso negativo, explique las razones que motivaran ello;
d) si existe otro tratamiento para la afección padecida por el Sr. Salinas que no sea la prótesis requerida y en su caso indique cual;
A los fines del diligenciamiento de los oficios autorízase al Dr. Tomás Armando Rébora y/o quien éste designe.-
Dése intervención al Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro y al Sr. Fiscal de Estado. Notifíquese.-
A lo demás oportunamente.-
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Poder Judicial de Río Negro