include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0617/2010
Fecha: 2010-07-29
Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ MENDOZA FABIOLA A. S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA INICIAL-PREVIO ACLARAR
EXPTE. Nº 0617/2010
CARATULA: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ MENDOZA FABIOLA A. S/ EJECUTIVO
Viedma, julio de 2.010.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada y resérvese la original en Secretaría.-
Previo a todo, denúnciese el segundo nombre de la demandada.-
Hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 207,52, Aporte al Colegio Abogados: $ 13,90 y Aporte al SITRAJUR (Ley 4459): $ 14,50 se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro B-27/10. Conste.-
Secretaría, julio de 2010.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro