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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0625/2010
Fecha: 2010-07-27
Carátula: PARRA PARRA ADAN S/ SUCESION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
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C E D U L A
Señor: HECTOR JORGE PARRA, NANCY ALEJANDRA PARRA SALINAS, JUANA ORACIA SALINAS SAN MARTIN y Dr. Luis Ramacciotti
Domicilio: ROCA 73 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PARRA PARRA ADAN S/ SUCESION ", Expte. Nº 0625/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, julio de 2.010.- Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.- .... Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de julio de 2010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro