Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0560/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-07-27

Carátula: MARTINEZ AMELIA Y OTRO S/ PRUEBA ANTICIPADA

Descripción: hace lugar revoc.y prueba anticipada

EXPTE. N° 0560/2010

CARATULA: MARTINEZ AMELIA Y OTRO S/ PRUEBA ANTICIPADA

Viedma, julio de 2010.-

Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio, contra la providencia de fs. 10.-

Atento el estado de autos, teniendo en cuenta los nuevos argumentos esgrimidos por el recurrente, razones expuestas y constancias de la causa, revócase por contrario imperio lo dispuesto a fs. 10 y en consecuencia y de conformidad a lo dispuesto por el art. 326 del C.Pr., hágase lugar a la prueba anticipada solicitada a fs. 6, punto 4, al sólo efecto de procederse a la verificación del estado de la camioneta en cuestión y demás circunstancias allí indicadas. A cuyo fin líbrese oficio ley 22.172 al sr. Juez de igual clase y en turno con jurisdicción en la localidad de San Rafael, Provincia de Mendoza haciéndose saber que deberá designar perito mecánico de la lista y efectuar la pericia. Cítese a la contraria (conf. art. 327 C.Pr.). Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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