Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00375-043-10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-07-27

Carátula: HOFFMAN LUISA / TRIBUNAL DE CUENTAS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00375-043-10

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 27 DE JULIO DE 2010.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “HOFFMAN Luisa c/ TRIBUNAL DE CUENTAS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00375-043-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario implementar las siguientes medidas:

1. cambio de carátula: atento a la terminología de la actual Carta Orgánica Municipal, el Departamento de Contralor es ejercido por el Tribunal de Contralor (art. 53 de la citada Carta) y no por el Tribunal de Cuentas.

2. se requiera de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, la remisión de una copia autenticada de la Ordenanza n° 1754-CM-07.

3. hecho, y a los fines de la competencia, se corra vista al sr. Fiscal de Cámara.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro) por Secretaría de la Cámara: dar cumplimiento a las medidas indicadas en los considerandos.

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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