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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00375-043-10
Fecha: 2010-07-27
Carátula: HOFFMAN LUISA / TRIBUNAL DE CUENTAS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00375-043-10
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 27 DE JULIO DE 2010.-
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “HOFFMAN Luisa c/ TRIBUNAL DE CUENTAS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00375-043-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario implementar las siguientes medidas:
1. cambio de carátula: atento a la terminología de la actual Carta Orgánica Municipal, el Departamento de Contralor es ejercido por el Tribunal de Contralor (art. 53 de la citada Carta) y no por el Tribunal de Cuentas.
2. se requiera de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, la remisión de una copia autenticada de la Ordenanza n° 1754-CM-07.
3. hecho, y a los fines de la competencia, se corra vista al sr. Fiscal de Cámara.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro) por Secretaría de la Cámara: dar cumplimiento a las medidas indicadas en los considerandos.
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro