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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39066
Fecha: 2010-07-26
Carátula: HERRERA Rosa Ester y otra c/BARAZUTTI Damián S/ Ordinario
Descripción: Homologación acuerdo y regula
//neral Roca, 26 de julio de 2010.-
Agréguese el acuerdo celebrado y homológase el mismo con fuerza de sentencia. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados en favor de los letrados de la parte actora (Dres. Hernán Mones y Graciela Tempone).-
Regulo los honorarios profesionales de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 12.600.- (M.B. $ 90.000.- arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212).-
Asimismo, regulo los honorarios de los peritos actuantes Dr. Carlos Argañaraz (fs. 335, 352 y 356) en $ 1.200.- y de la Lic. Maria Viviana Ibargüen (fs. 365) en $ 700.- (MB: $90.000).-
Respecto de los honorarios del perito Ing. Pedro Lucas Filippi estése a la regulación efectuada en autos "Mora Ana Maria y Herrera José Osvaldo c/Barazutti Damián s/Ordinario" (Expte. 38914).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, extensión y complejidad de la misma y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro