include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31708IV
Fecha: 2010-07-07
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/LANDA Juan Manuel y otros S/ Ejecutivo
Descripción: regulación
General Roca, 07 de julio de 2.010.-s
Agréguese el oficio acompañado.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Rolando Bonacchi (actuación de fs. 32 a 76) en la suma de $ 80.-
y los del Dr. Eduardo E. Saint Martin en $ 80 (M.B. $2.000)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Cúmplase con la vista a Rentas ordenada a fs. 160.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro