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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24705/10
Fecha: 2010-07-06
Carátula: LEOPARDO, JOSE E. S/ HABEAS CORPUS
Descripción: Sentencia-Of.céd.
///MA, 6 de julio de 2010.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “LEOPARDO, JOSE E. S/HABEAS CORPUS" (Expte.N°24705/10-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -------A fs. 1 el interno JOSE EMMANUEL LEOPARDO, internado en el Complejo Penal de Viedma, se presenta manifestando ser portador de H.I.V. peticionando contar con asistencia médica.- - - - - - - -----Requeridos los informes pertinentes resulta que: - - - - -
-----El interno se encuentra en calidad de procesado en autos caratulados “LEOPARDO JOSE S/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMAS DE FUEGO”, EXPTE. 10-011-D por ante la Cámara Segunda en lo Criminal de la ciudad de San Carlos de Bariloche.- - - - -
-----A fs. 12 la Asesora Legal del Servicio Penitenciario Provincial, Dra. Shirley González informa que el interno ha sido trasladado al Establecimiento Penal de Viedma con la debida autorización de la Cámara Segunda en lo Criminal de la ciudad de San Carlos de Bariloche (conforme fs. 8), en virtud de haber participado en un motín de suma gravedad el día 21 de junio de 2010 en el Establecimiento Penal Nº 3.- - - - - - - - - - - - - -----A fs. 15 el Cr. Luis BECCHIO del Complejo Penal de Viedma informa que desde la unidad se han realizado gestiones para obtener un turno para Laboratorio e Infectología e iniciar los trámites necesarios para la medicación y dieta del interno, con controles diarios respecto a su estado físico por parte del Cuerpo Médico del Establecimiento. Se requirió la interconsulta con Area de Infectología del Hospital Artémidez Zatti para el día 1 de julio de 2010, a las 10 hs. - - - - - - - - - - - - - - -----A fs. 11 obra constancia de que el interno asistió en fecha 1 de julio de 2010 la Servicio de Infectología y a fs.27 el Director del Hospital Artémidez Zatti de esta ciudad informa que el paciente fue atendido en consultorios externos por la Dra.Marta Aparicio y que en dicha oportunidad la profesional indica reiniciar el tratamiento antirrectroviral que debe ser en forma continua y provee la medicación correspondiente.- - - - - -
-----En razón de lo expuesto corresponde aplicar el criterio ya sentado por este Cuerpo en cuanto el Tribunal sólo puede conocer en juicio ejerciendo sus atribuciones jurisdiccionales cuando se somete a su consideración un caso concreto y no una cuestión que ha devenido abstracta, atendiendo a las circunstancias existentes al momento de su decisión (Cf. CSJN., "Justo" del 23-11-95, Se. Nº 111/01 "Álvarez, Alejandro A. S/AMPARO" (Expte. Nº 15800/00).-
-----Que los pronunciamientos de carácter abstracto están vedados a los tribunales de justicia (Corte Sup. Justicia de la Nación, Fallos 262: 367, “Bodegas y Viñedos Saint Remy, S.A.”, STJRNCO: Se. Nº 39/04 "Ferro, Gustavo c/ Coronel, María Inés s/ TENENCIA s/ INCONSTITUCIONALIDAD s/ COMPETENCIA" (Expte. N* 19419/04 - STJ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por ello, corresponderá declarar abstracta la cuestión propuesta en autos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Declarar abstracta la cuestión planteada a fs.1 por el interno José E.Leopardo, por las razones dadas en los considerandos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.(fdo)VICTOR HUGO SODERO NIEVAS-PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA-SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: TOMO II SENT. NRO. 55 FOLIO 475/476 SEC. NRO. 4
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Poder Judicial de Río Negro