Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40207

N° Receptoría:

Fecha: 2010-07-05

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/BAGLY Aldo Eloy s/ Suc. S/ Legítimo Abono

Descripción: Regulación-a RENTAS

//neral Roca, 05 de JULIO de 2010.=

Agréguese y téngase presente lo manifestado por la actora.

Dése vista a RENTAS.

Regulo los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $ 120.- (M.B. $ 2.697,13.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro