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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40248
Fecha: 2010-07-02
Carátula: IBARRA Dina Mabel y Otros c/BANCO MACRO S.A. y Otros S/ Beneficio y ordinario
Descripción: Inicio y Traslado demanda
//neral Roca, 02 de julio de 2010.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Cítese a los futuros demandados BANCO MACRO S.A., JUAN CARLOS ARIAS, NICOLAS SEBASTIAN GARCIA y CIA. ASEGURADORA HSBC - LA BUENOS AIRES SEGUROS y a la Dirección General de Rentas, a fin de que comparezcan a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula directa ley 22.172 a la ciudad de Buenos Aires y Neuquén Capital.-
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos GASTON GASTONI, JUAN IBAÑEZ y CARINA ROJAS, fíjase la audiencia del día 18 de AGOSTO de 2010 a las 8.30 horas a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 25 de AGOSTO de 2010 a las 9 horas que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédulas a Allen.-
Líbrense oficios al RPI, R.P.A a fin de de que informen si los actores poseen bienes inscriptos a su nombre.-
Atento lo ordenado precedentemente, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Según lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en autos "Lema Marilina Belen c/Meschini Alberto y Otros s/Beneficio y Ordinario" (Expte. CA-19922), de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de VEINTISIETE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédulas directas ley 22.172 a la ciudad de Neuquén Capital y Ciudad de Buenos Aires.-
Complétense las copias para traslado.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a CIA. ASEGURADORA HSBC - LA BUENOS AIRES SEGUROS a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTISIETE días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a la ciudad de Buenos Aires.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 7/13. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro