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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0572/2010
Fecha: 2010-07-01
Carátula: BRIONES SUSANA BEATRIZ Y OTROS C/ LINARES HUGO GERMAN Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: INICIA DEMANDA - Nuevo
EXPTE N° 0572/2010
CARATULA: BRIONES SUSANA BEATRIZ Y OTROS C/ LINARES HUGO GERMAN Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, julio de 2010.-
Por presentada, parte a tenor del poder que se agrega y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada, resérvese en Secretaría el original del boleto de compraventa y devuélvase el original de la escritura nº 34 a su presentante.-
Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.Pr.), córrase traslado de ella a los demandados por el término de 15 días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, opongan excepciones dentro del plazo de ley y acompañen la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previo, atento lo manifestado en el punto V del escrito de demanda con relación al sellado del boleto y a los fines que se expida pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-
Hágase saber a la profesional interviniente que deberá reponer la suma de $ 28,60 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
NOTA: De haberse reservado el original del boleto de compraventa bajo registro B-22/10. Conste.-
SECRETARIA, julio de 2010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro