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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0391/2004
Fecha: 2010-06-30
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GEROMETTA ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE
Domicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GEROMETTA ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0391/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, junio 28 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por la Provincia de Río Negro a fs. 12/15 y condenar a los sres. Alfredo Gerometta y Rubén Bernatene a abonar a la Provincia de Río Negro, en el plazo de 10 días, la suma de $ 24.800 en concepto de capital e intereses calculados al 31/05/2010 y de allí en más intereses estipulados en el considerando 5º, hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios de la Dra. María Valeria Coronel en la suma de $ 2.550 (2/3 del 11% + 40%), MB: $ 24.800 (arts. 6, 9, 10, 38 y cc. de la ley G nº 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, junio de 2.010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro