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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38807
Fecha: 2010-06-30
Carátula: ROJOS Y/O ROJO Evelia Graciela S/ Sucesión
Descripción: Acompaña cesión
//neral Roca, 30 de JUNIO de 2010.=
Al punto I, agréguese la cesión de derechos hereditarios adjuntado y previo a su aprobación, acompáñese líbre inhibiciones de los cedentes.
Al punto II, agréguese.
Al punto III, acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas previo a la inscripción y la regulación de honorarios por la tercer etapa.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro