Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38335

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-30

Carátula: CORREA PEDRERO Jose Luis y ALVAREZ Julia S/ Sucesión

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 30 de JUNIO de 2009.=

Agréguese y por cumplimentado con lo ordenado a fs. 205.

Apruébase en cuanto a lugar por derecho la cesión de derechos, acciones y obligaciones de fs. 183/191. Expídase testimonio.

Por su actuación -desde fs. 192- regulo los honorarios del Daniel Gustavo Zornitta en la suma de $ 500 .- a cargo de sus clientes. - arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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