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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38271
Fecha: 2010-06-30
Carátula: ALFREDO IGNACIO CORRAL S.A. c/OCHOA Ivan Natalio S/ Ejecutivo
Descripción: A CHEQUE//Regulación acrecidos
//neral Roca, 30 de Junio de 2010.-
Al punto I, estando vencido el traslado conferido a fs. 186, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 185 por la suma de $2.269,35 al 23/02/10.-
Líbrese cheque a la orden del Dr. NESTOR HUGO REALI (DNI 21.768.908) por la suma de $2.269,35 en concepto de: total de liquidación aprobada precedentemente -Cuenta Nro. 220020558-.
Hágase saber que la planilla que se aprueba parte de la liquidación presentada el 03/12/08 y por lo tanto el cheque que aquí se ordena engloba la totalidad.-
Al punto II, agréguese y téngase presente.-
Al punto III, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Justo Emilio Epifanio en $ 360.- y del Dr. Néstor Hugo Reali en $ 900.- (MB: $20.815,68 -total de extracciones-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 y 40 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque Nro. . Conste.-
En retiro cheque. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro