Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15559-246-10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-30

Carátula: TONDO RICARDO Y OTRA / ELECTROGAS S.A.C.I. Y MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON S/ COBRO DE PESOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15559-246-10

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 30 DE JUNIO DE 2010.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “TONDO Ricardo y Otra c/ ELECTROGAS SACI y MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON s/ COBRO DE PESOS”, expte. nro. 15559-246-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente como medida para mejor proveer y ad effectum videndi, contar con la causa: “Marraccini Noemí María c/ Electrogas S.A.C.I. y A.O.S.A. y Municipalidad de El Bolsón s/ Ordinario”, expte. 0068-158-06.-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Requerir al juzgado de origen como medida para mejor proveer y ad effectum videndi la causa referida supra.

2do.) Oficiar. Confección y diligenciamiento a cargo del apelante.-

3ro.) Interin, interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practicar nuevo cómputo.

4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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