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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0372/2009
Fecha: 2010-06-29
Carátula: ROMANO JUANA HAYDEE C/ LA 251 S.R.L. Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: vista-caja forense-vuelvan para resolver
EXPTE. N° 0372/2009
CARATULA: ROMANO JUANA HAYDEE C/ LA 251 S.R.L. Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, junio de 2010.-
Al escrito de fs. 1657:
Agréguese y de los aportes efectuados córrase vista a la Caja Forense.-
Proveyendo a fs. 1658:
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Tiénese presente lo expuesto y por desistido de la presentación efectuada a fs. 1648/1650.-
A los escritos de fs. 1659/1660:
Tiénense presente las ratificaciones efectuadas.-
Proveyendo a fs. 1661/1662:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 1163/1665:
Tiénese presente y estése a lo manifestado por la demandada a fs. 1658.-
Atento el estado y constancias de autos, vuelvan los presentes obrados a despacho a los fines de resolver.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro