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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0469/2009
Fecha: 2010-06-29
Carátula: FRANCISCO GLADYS GRISELDA C/ ALVAREZ NATALIA SOLEDAD S/ DESALOJO
Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.
EXPTE. Nº 0469/2009
CARATULA: FRANCISCO GLADYS GRISELDA C/ ALVAREZ NATALIA SOLEDAD S/ DESALOJO
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 29 días del mes de junio de 2.010, siendo las 10,00 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, la sra. GLADYS GRISELDA FRANCISCO (D.N.I. nº 12.915.116) junto a su letrado Dr. Tomás Armando Rébora y la sra. NATALIA SOLEDAD ALVAREZ (D.N.I.29.066.987) junto a su letrado patrocinante, Dr. Mariano Egidi Vega, a la audiencia dispuesta por el art. 361 del C. Pr. Toda vez que en el día de la fecha se ha presentado un escrito por la parte demandada con documentación y de conformidad con las previsiones del art. 36 inc. 2, apartado "C" del CPCC se corre traslado por el término de ley (5 días) a la parte actora, haciéndole entrega de la copia pertinente a tal fin. En razón de ello se procede a la suspensión de la presente audiencia en función de lo expuesto precedentemente. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro