Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0180/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-28

Carátula: PIRIS CLEMENTE S/ SUCESION

Descripción: REGULACION DE HONORARIOS

EXPTE. Nº : 0180/2008.-

CARATULA: PIRIS CLEMENTE S/ SUCESION.-

Viedma, junio de 2010.-

Al escrito de fs. 71:

A los fines solicitados deberá ocurrir en el trámite sucesorio Ignacio Héctor Piris.-

En consecuencia, devuélvase a su presentante la fotocopia acompañada.-

Al escrito de fs. 72:

Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Pablo Sergio Mao y Javier Perrote, en conjunto, en la suma de $ 9.146 por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión (Coef.: 11 % M.B.: $ 83.145,29 -base imponible por la D.G.R. a fs. 67-) -art. 8 Ley G 2212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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