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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0180/2008
Fecha: 2010-06-28
Carátula: PIRIS CLEMENTE S/ SUCESION
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS
EXPTE. Nº : 0180/2008.-
CARATULA: PIRIS CLEMENTE S/ SUCESION.-
Viedma, junio de 2010.-
Al escrito de fs. 71:
A los fines solicitados deberá ocurrir en el trámite sucesorio Ignacio Héctor Piris.-
En consecuencia, devuélvase a su presentante la fotocopia acompañada.-
Al escrito de fs. 72:
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Pablo Sergio Mao y Javier Perrote, en conjunto, en la suma de $ 9.146 por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión (Coef.: 11 % M.B.: $ 83.145,29 -base imponible por la D.G.R. a fs. 67-) -art. 8 Ley G 2212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro