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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0436/2010
Fecha: 2010-06-28
Carátula: OLIVERO MARIA LORENA C/ SUAREZ PABLO MARTIN S/ SUMARISIMO
Descripción: SE PRESENTA EL DEMANDADO - OPONE EXCEPCION
EXPTE. Nº 0436/2010
CARATULA: OLIVERO MARIA LORENA C/ SUAREZ PABLO MARTIN S/ SUMARISIMO
Viedma, junio de 2.010.-
Al escrito de fs. 30/33:
Por presentado, parte y constituído el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada, de la misma y de la excepción interpuesta a fs. 31vta./32, córrase traslado a la contraria por el término del ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva del caso federal efectuada.-
Atento la naturaleza de la presente acción y el estado de las presentes actuaciones, a la modificación del trámite solicitado a fs. 33, inciso VII, no ha lugar (conf. art. 319 C.Pr.).-
Al escrito de fs. 34:
Atento la presentación del demandado, a la solicitud de declaración de rebeldía, no ha lugar.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro