Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0436/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-28

Carátula: OLIVERO MARIA LORENA C/ SUAREZ PABLO MARTIN S/ SUMARISIMO

Descripción: SE PRESENTA EL DEMANDADO - OPONE EXCEPCION

EXPTE. Nº 0436/2010

CARATULA: OLIVERO MARIA LORENA C/ SUAREZ PABLO MARTIN S/ SUMARISIMO

Viedma, junio de 2.010.-

Al escrito de fs. 30/33:

Por presentado, parte y constituído el domicilio.-

Agréguese la documental acompañada, de la misma y de la excepción interpuesta a fs. 31vta./32, córrase traslado a la contraria por el término del ley. Notifíquese.-

Tiénese presente la reserva del caso federal efectuada.-

Atento la naturaleza de la presente acción y el estado de las presentes actuaciones, a la modificación del trámite solicitado a fs. 33, inciso VII, no ha lugar (conf. art. 319 C.Pr.).-

Al escrito de fs. 34:

Atento la presentación del demandado, a la solicitud de declaración de rebeldía, no ha lugar.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro